AREA SOCIO-JURÍDICO-CRIMINOLÓGICA-PERITOSInformación Institucional

Reflexiones del Área Socio -Jurídico – Criminológica en contexto de Pademia del COVId 19

El Área Socio Jurídico Criminológica del CPSSPC comparte con los/as Colegas Perito/as y los/as interesados/as en la temática, determinadas reflexiones y experiencias que se han vivenciado en estas circunstancias de Pandemia acaecidas desde el 20 de marzo del 2020 hasta la actualidad.

Observamos que con actitud positiva, capitalizamos las oportunidades de capacitación, y aprendizaje de saberes con sensibilidad, responsabilidad y adaptación activa, sosteniendo el profesionalismo que caracteriza al/la Trabajador/a Social, dando respuestas en la continuidad de nuestro desempeño en las tareas periciales.

El contexto adverso atravesado por la transversalidad de las dimensiones humanas en los aspectos psicosocioculturales, y la incertidumbre, aspectos influyentes en el pensar, sentir y hacer de lo individual, familiar y comunitario, nos ha permitido readaptarnos e involucrarnos, constructivamente, como recilientes, en los espacios complejos de intervención profesional como el nuestro.

El protagonismo activo se realiza con creatividad y espíritu crítico, ya sea compartiendo escenarios de aprendizajes significativos, por ej. en los Ciclos de Diálogos de los Trabajadores Sociales –junio 2020- con participación interprovincial, sistematizando las experiencias y reflexiones sobre problemáticas sociales en contextos de desigualdad, revalorizando los criterios de flexibilidad, singularidad y autonomía profesional que nos aportan Colegas como Andrés Ponce de León, Bibiana Travi, entre otros, y de hecho, cooperando en su difusión.

En lo operativo, estamos incursionando positivamente en los sistemas informáticos actuales, concretamente en el SAC – Sistema de Administración de Causas– en la administración de justicia provincial, al cual tienen acceso los/las Profesionales de las distintas disciplinas, entre los/las cuales estamos los/as Peritos Oficiales de Lista por Sorteo de Trabajo Social. Esto nos permite dar respuestas pertinentes en la interdisciplinariedad.

Otro ámbito de actuación es el de FEPUC (a través de plataforma digital), donde participa activamente la conducción del Área Socio-Jurídico-Criminológica del CPSSPC junto a representantes del colectivo pericial de otras disciplinas y autoridades institucionales en la Comisión de Peritos, la cual aborda y analiza problemáticas comunes que sobrellevan históricamente quienes se han inscripto como tales en la Justicia Provincial fundamentalmente, y articula estrategias en post de soluciones consensuadas.

Este espacio de trabajo permite actualmente desempeñar un rol protagónico en la realidad operativa del/ la Perito Oficial de Lista por Sorteo, evaluando los cambios imperativos del Tribunal Superior de Justicia al haber derogado el Acuerdo Reglamentario N° 125/2014 y creado en su reemplazo el Acuerdo Reglamentario N° 163/2020, instrumentos que regulan el ejercicio pericial.

En éste último la Comisión observa la ausencia de las sugerencias efectuadas al representante del Alto Cuerpo Judicial (Sr. Administrador General) por parte de FEPUC en reuniones conjuntas realizadas en el transcurso del año 2019 y presentadas formalmente al mismo. Entre otras se pueden mencionar lo referido a: a) la regulación de honorarios teniendo en cuenta escalas arancelarias en JUS elaboradas por cada Colegio y/o Consejo Profesional, b) oportunidad de cobro de los honorarios y c) gastos y honorarios del/la Perito Oficial de Lista Trabajador/ra Social en los requerimientos de Beneficio de Litigar sin Gastos.

De igual modo, es de hacer notar que en los considerandos de dicha normativa (Punto 3) se establece que “…huelga diferir la entrada en vigencia del presente Acuerdo, delegando en la autoridad de aplicación (Administrador General del Poder Judicial) la determinación de la fecha concreta…”. Sin embargo, algunos funcionarios ya contextualizan las Cédulas de Notificación de designación del/la Perito que resultó sorteada en una causa.

En otro orden, estimamos importante socializar nuestro desempeño funcional operativo en territorio en nuestra disciplina en las actuales condiciones ocasionadas por el Covid 19.

Para intervenir con objetividad, autonomía y libertadprestando servicios compatibles con nuestras incumbencias y en concordancia con nuestros derechos –sitos en la Constitución Nacional y Leyes de Ejercicio Profesional – consideramos, como parte del proceso metodológico, efectuar con total conciencia y responsabilidad social, la lectura de nuestra realidad, sumando a la lógica básica, los paradigmas de la “salud integral”. Ello alude a extremar las medidas de protección personal, usando el Equipo de Prevención y Protección (EPP), cuidando las distancias interpersonales tanto en los lugares laborales como en el territorio – entrevistas en domicilio -, evitando el traslado en transporte público; cuidando la salud personal como la de los sujetos de intervención y sus familias.

Por lo anteriormente expuesto, debemos disponer de adecuadas condiciones de trabajo para el ejercicio profesional incluyendo medidas de seguridad e higiene.

Con tal motivo deseamos compartir un logro obtenido por una de las integrantes del Área (Perito Oficial Lic. Bustos) en una solicitud de adelanto de gastos. En el escrito la profesional subrayó los criterios sanitaristas, requiriendo “…que para poder cumplimentar el inicio de las tareas periciales, se otorgue “determinada cantidad” como adelanto de gastos (ej. siete (7) jus) (Acuerdo Reglamentario 125, Serie B – Art. 24 y Ley 9459, Art. Nº 49), los que deberán ser puestos a disposición ANTES de la fecha de inicio de la Pericia, considerando la adquisición de los elementos que se agregan debido a la pandemia: EPP, entre ellos barbijos 3M, camisolines o batas descartables, gafas, calzado,– según Recomendaciones del Colegio de Profesionales en Servicio Social de la Prov. de Córdoba, Julio 2020, evitando vulnerar el patrimonio particular de un AUXILIAR DE LA JUSTICIA…”.

Como estrategia intermedia, mantuvo reuniones con los Abogados patrocinantes fundamentando los motivos que la llevaron a tal pedido, remarcando la inserción de los grupos familiares en contextos socio-territoriales considerados de elevada vulnerabilidad pandémica – respetando el paradigma de salud integral- para brindar el asesoramiento pertinente y consecuentemente evitar su impugnación.

Así mismo, a solicitud de la autoridad judicial presentó y adjuntó presupuestos descriptivos supervisados y avalados por la Coordinadora del Área y Autoridades de Consejo Directivo del CPSSPC.

Finalmente, lo peticionado por la Profesional actuante en autos fue otorgado según constan en Expte. Nº 7436856. Jurisprudencia Decreto 25/8/2020, Juzgado de Familia 6ª Nom. TSJ.

Creemos que la valoración del ejercicio profesional es indiscutible, más aún en el ámbito de administración de justicia. Estimamos que, en cumplimiento de dar respuesta a las tareas periciales, los espacios de exposición con nuestra intervención, no deben impedir el desempeño profesional, más bien nos impone repensar y recrear cursos de acción, en el marco de nuestra autonomía disciplinaria, que consideren los niveles de prevención, promoción y transformación social.

Lic. María Adriana Layús Lic. María del Carmen Bustos

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