Información Institucional

Repudio a declaraciones de la Academia Nacional de Educación

Vigencia de la Ley 26.150 (Educación Sexual Integral) y repudio a declaraciones de la Academia Nacional de Educación

Desde la Comisión de Géneros y Diversidad Sexual del Colegio de Profesionales en Servicio Social de la Provincia de Córdoba, nos encontramos en la imperiosa necesidad de sentar posición respecto a lo vertido por el Pleno de la Academia Nacional de Educación (ANE) el pasado 04-02-19 (puede verse el texto completo en el acceso http://www.acaedu.edu.ar/). La declaración mencionada contiene expresiones que contrarían lo expresado tanto por la Ley 26.150 como por el resto de normativas vigentes en materia de ESI en nuestro territorio nacional.

Una de las frases de la declaración de la ANE sostiene “la urgente necesidad de hacer efectivo (…) el Programa Nacional de Educación Sexual Integral (…) Garantizando la igualdad de mujeres y varones en todos sus derechos y sus deberes, como agentes complementarios de la vida”.

Con respecto a este enunciado, como colectivo profesional, observamos que el mismo reproduce representaciones vinculadas al paradigma del amor romántico, que entiende a las personas como “hombre/mujer”, y a ese binario como complementario, depositando en las relaciones amorosas la satisfacción de los objetivos existenciales, y reinstalando al binarismo de género y a la heteronormatividad, como constructos que imprimen en el imaginario social modos considerados como los únicos legítimos de vivir las sexualidades, (dejando por fuera a sexualidades e identidades disidentes). Como afirma la experta Graciela Morgade (consultada para la elaboración de los lineamientos curriculares de la ESI), “…el amor romántico fue el discurso que se sostenía para soportar la violencia” (…) “La educación sexual tiene que ver con el proyecto de vida y con las decisiones que tomamos, decidir es una potestad de cada sujeto, que son sujetos de derechos. Somos sujetos de derechos y de deseos. Eso también forma parte de la ESI”.

En otro párrafo, el mismo comunicado de la ANE “destaca el papel de la familia como agente natural y primario (art. 6° de la Ley de Educación Nacional No. 26.206/06) en el ejercicio de la libertad de enseñanza consagrada en la Constitución Nacional”. En este sentido, es necesario recordar dos cosas: por un lado, que la Ley de Educación Sexual Integral es muy clara respecto al lugar de las familias y su vinculación con las instituciones educativas, explicitando su intención de “vincular más estrechamente la escuela y la familia para el logro de los objetivos del programa” (art 9, inc. C); y por el otro, que existen nuevas configuraciones familiares, visibilizadas en el Encuadre General de todos los Diseños y Propuestas Curriculares de nuestra Provincia. La referencia a la Ley de Educación Nacional se percibe efectuada con la intención de expresar y reforzar un presunto carácter “natural” que tendrían “las familias”, imprimiendo así una mirada sesgada por lo biológico, mirada que conlleva y/o legitima prácticas violatorias de derechos a niñas, niños y adolescentes (como sería, en este caso, el acceso a la ESI tal como se la prevé en la Ley 26.150).

Les trabajadores sociales estamos comprometides con la defensa, reivindicación y promoción de los derechos humanos y sociales, tal como lo afirma nuestra Ley Federal del Trabajo Social (Ley 27.072), por ello es que asumimos como urgente y necesaria la aplicación efectiva de la Educación Sexual Integral. Expresamos nuestra preocupación sobre la divulgación y circulación de expresiones que (como las de la ANE) confunden malintencionadamente o desconocen la legitimidad de la ESI, ya que éstas acciones obturan el acceso de todes les niñes, adolescentes y jóvenes a recibir educación de calidad. Y recordamos a todes les colegas matriculades la absoluta vigencia de la Ley 26.150, normativa desde la cual debe garantizarse y exigirse una ESI que considere (en simultáneo y con el mismo énfasis) sus cinco ejes conceptuales: perspectiva de género, respeto a la diversidad, valoración de las emociones y la afectividad, promoción del ejercicio de derechos y cuidado del cuerpo y la salud (Consejo Federal de Educación, Res. 45/08 y Res. 340/18).

¡Educación sexual para decidir y para descubrir!

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