Receso anual del Tribunal de Disciplina
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 03/2023.-
Córdoba 18 de diciembre de 2023.-
Y VISTO: el art. 49 del Reglamento del CPSSPC en el marco de la ley 7341 y 7342. Y CONSIDERANDO: que la disposición precedentemente referida establece la necesidad de precisar el período de receso anual del Tribunal de Disciplina y los medios a los fines de atender a la recepción de requerimientos por ello el Tribunal de Disciplina del CPSSPC
RESUELVE:
1) Establecer el receso anual del Tribunal en el período comprendido entre el 30 de diciembre del 2023 y el 31 de enero de 2024.
2) Disponer que los requerimientos y denuncias que se produjeran durante el período indicado en el punto 1) de la presente, se realicen a través del correo electrónico del Tribunal tribunaldisciplinacba@gmail.com
3) Comuníquese al Consejo Directivo a los fines de su publicidad y difusión.-
Protocolícese y Hágase saber y dese copia.

