Procupante situación de los niños, niñas y adolescentes en la provincia de Córdoba
El Colegio de Profesionales de Servicio Social de la Provincia de Córdoba, expresa su preocupación ante los funcionarios nacionales, provinciales, municipales y la sociedad cordobesa sobre la grave situación en la que se encuentran gran parte de los niños, niñas y adolescentes de nuestra provincia , como consecuencia de la insuficiencia y en algunos casos ausencia de políticas públicas y presupuestos que determinan la falta de decisión política de asumir y hacer efectiva la real construcción del Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas Niños y Adolescentes establecido en la ley nacional 26.061 y provincial 9944.
Esta situación se evidencia en:
- La dificultad para acceder a información clara sobre el funcionamiento de Programas, recursos, y responsables en las Áreas de Niñez provinciales para dar respuestas a las múltiples vulneraciones de derechos de los niños y jóvenes que cotidianamente se plantean.
- La existencia de políticas públicas fragmentadas que se ejecutan desde organismos que no tienen conexión entre si y están destinadas a abordar situaciones complejas que requieren soluciones integrales.
- La ausencia de mecanismos de articulación entre organismos del poder ejecutivo que genera superposición de recursos tanto materiales como humanos y desgaste y re victimización de las familias en los procesos de acceso a los derechos.
- La falta de mecanismos de exigibilidad destinados a que las diferentes instituciones que forman parte del Sistema de Protección de derechos, adecuen sus procedimientos administrativos burocráticos al enfoque de derechos exigido por las leyes 26.061 y 9944.
- La inexistencia -en lo que respecta a los jóvenes en conflicto con la ley penal – de alternativas serias a la privación de libertad, y de programas suficientes de atención y contención de los jóvenes que permita su inclusión en el medio social, laboral y educativo. Como así también la escasez de programas que brinden acompañamiento familiar y atención de problemáticas particulares como las adicciones y las afecciones a la salud mental.
- La falta de Procedimientos administrativos y Protocolos de intervención claros, consensuados y aceptados por los diferentes organismos provinciales y municipales responsables, que deben intervenir ante las situaciones de vulneración de derechos de NNyA.
- La existencia de una política de desinversión en la Política Publica dirigida a la Infancia sub-ejecución de los escasos recursos previstos para este sector de la población, como se grafica en la decisión de transformar la Secretaria de Niñez, Adolescencia y familia de Secretaria de Estado en Secretaria dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, sin presupuesto propio e independiente ( arts. 35 ,115 y 116 de ley 9944 )
En el contexto de cambios normativos dados por la vigencia de la ley nacional 26061 y la ley provincial 9944 se han puesto en cuestión los modelos de intervención y concepción de tipo tutelar hacia la niñez y adolescencia arraigados y legitimados por las diversas instituciones de la sociedad cordobesa durante el transcurso de más de 90 años. La vigencia de la nueva ley ha generado el imperativo de modificar las prácticas de intervención en la vida de los niños y adolescentes que posibiliten la restitución de sus derechos vulnerados y la construcción de un verdadero Sistema de Protección integral de los mismos .
La situación antes descripta refleja la falta de cumplimiento de las funciones que le son propias a la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, como autoridad de aplicación del Sistema de Protección ( arts.6, 36 y 37 ley 9944 ) .
Consideramos necesario dejar expresamente manifestado nuestra total adhesión a las leyes nacional N° 26061 (del año 2005) y provincial N° 9944 (del año 2011) de promoción y protección de los derechos de las niñas niños y adolescentes. Hacemos la salvedad que en esta ultima ley no adherimos al titulo VII de Procedimiento penal juvenil que mantiene el paradigma tutelar sin las garantías propias de un sistema de responsabilidad penal juvenil adecuado a la Convención Internacional de los Derechos del Niño .
A partir de la entrada en vigencia de las leyes mencionadas nos alejamos como sociedad, de las prácticas del patronato de menores sustentado en el paradigma de la situación irregular, a través de las cuales durante casi 100 años se judicializaron miles de familias, frente a la ausencia de otra respuesta estatal que por diversas situaciones (mayoritariamente relacionadas con la pobreza) veían vulnerados sus derechos.
La inexistencia de respuestas de políticas públicas destinadas a garantizar el real ejercicio de los derechos de la niñez y adolescencia se dirimían en los juzgados de menores, siendo las familias de escasos ingresos, limitado capital social y sin defensores profesionales, las principales destinatarias de estas intervenciones. Como corolario de dichas prácticas, miles de niños, niñas y adolescentes terminaban y aun continúan (aunque en menor cantidad) recluidos en instituciones de la provincia o privadas por tiempo indeterminado, sin que en esos ámbitos se les garantizara el ejercicio de sus derechos, siendo muchas veces objeto de mayores vulneraciones, retornando a las comunidades en la mayoría de edad legal, sin acompañamiento profesional ni la previsión de mecanismos de inclusión social.
Las actuales leyes establecen que los N,NyA son sujetos de derechos, y obligan al Estado a garantizar su real ejercicio por medio de políticas públicas[i] que promuevan y protejan sus derechos de manera coordinada entre los Ministerios y Secretarías de Estado, ( artcs. 4,5,6,7,8,11,36,37,39, de ley 9944 ) y las mismas comprenderán, según art 7 de la ley provincial :
a) El fortalecimiento de la familia,
b) La gestión asociada entre los distintos organismos de gobierno -nacional, provincial, municipal o comunal- y la sociedad civil,
c) El trabajo en redes locales articulando espacios públicos y privados,
d) La coordinación con municipios y comunas para proceder a la creación de organismos locales de promoción, prevención, protección y cumplimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes
e) La participación activa de las niñas, niños y adolescentes.
Dejan plenamente establecido que es responsabilidad indelegable del Estado establecer, controlar y garantizar el cumplimiento de las políticas públicas y la asignación privilegiada de recursos para ello ( arts. 5,7, 8,9 y 115 de ley provincial )
Las insuficientes políticas públicas integrales que pongan en pleno funcionamiento el Sistema de Protección Integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes hacen que los /as ciudadanos/as niños, niñas y adolescentes padezcan innumerables situaciones de vulneración de derechos. Desde el Colegio de Profesionales en Servicio Social de la provincia de Córdoba, se realizó un sondeo de 138 casos, vinculados al acceso a derechos, planteados en diferentes instituciones públicas de la provincia con el objetivo de contribuir al debate en relación al estado de cumplimiento del los derechos de los NNyA, encontrándonos con la siguiente realidad:
- En relación a las Políticas Públicas que deben garantizar el ejercicio de los derechos y la existencia de los recursos y servicios para ello, encontramos que los problemas que surgen expresan claramente la ausencia de políticas públicas de acceso igualitario en áreas como educación, vivienda, salud. Una importante parte de los casos relevados están atravesando por una situación de grave vulneración al derecho a la educación ( art.18 ley provincial) ; tampoco están siendo garantizados los derechos a la salud ( art.17 ) y existen graves problemas relacionados al hábitat. Así mismo, y de acuerdo a entrevistas realizadas a informantes claves, se visualiza la escasez de servicios de atención a los niños, descentralizados, gratuitos y en cantidad suficiente; principalmente en las áreas de fortalecimiento familiar, equipos interdisciplinarios incompletos en salud y educación que impiden el acceso a medidas de promoción de derechos y prevención de su vulneración en el territorio ( art.41 ley provincial) como programas de de deportes y recreación, espacios de participación de N,NyA, de cultura, de acompañamiento especializado a familias que lo requieran, políticas de educación especial integrales.
- En el segundo nivel, ( art. 42 ley provincial) en el que se deben restablecer los derechos que han sido vulnerados, nos encontramos en este estudio, con falta de definiciones en relación a Organigramas y procedimientos claros por parte del Órgano de aplicación de la ley (la SeNAF) y la desarticulación interministerial lo que provoca serios obstáculos a la hora de garantizar la aplicación de Políticas Públicas desde el Sistema de Protección integral que prevé la ley nacional y provincial. Además se verifica una falta total de conexión en las acciones de los equipos técnicos de diferentes jurisdicciones y áreas y la escasez de equipos descentralizados que recepten denuncias, realicen intervenciones y acompañamientos adecuados.
- En relación al tercer nivel, de aplicación de medidas excepcionales, que implica por tiempo determinado y como medida de ultima instancia, la separación del niño o niña de su familia biológica, según los criterios establecidos legalmente en los artc. 48 y 49 de la ley provincial, se presentan situaciones de revictimización de los Niños, Niñas y Adolescentes y riesgo de mala praxis para los profesionales involucrados. Esto es así, ya que al no existir uniformidad en la interpretación de estas normas y lineamientos claros, tanto por parte de los responsables de aplicarlas, ( Senaf) como por parte de los órganos judiciales de control de esa aplicación (Juzgados de Niñez, Adolescencia y Violencia Familiar), cada profesional queda librado a sus propias decisiones. A este contexto se le suma la existencia de profesionales que además de ser insuficientes en número, no han sido debidamente capacitados por el Estado.
En todos los niveles de aplicación del Sistema de protección nos encontramos con múltiples situaciones no resueltas o con tardanza para dar respuestas a problemáticas ligadas a salud, la salud metal, las adicciones, la educación, la identidad, el hábitat, situaciones de abandono, discapacidad, maltrato y violencia familiar. Se destaca que, cuando se recurren a acciones de articulación y/o derivación en la intervención, las respuestas muchas veces no llegan o llegan muy tarde lo que provoca una profundización en la vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Se pueden constatar asimismo, situaciones en la que niños, niñas y adolescentes teniendo intervención de SENAF las respuestas siguen siendo igualmente dificultosos, infiriéndose la desprotección de los derechos aún con la intervención del organismo protector (SENAF).
¿Cómo impacta en los profesionales de Trabajo Social este contexto crítico?
El Colegio de Profesionales en Servicio Social de la provincia de Córdoba quiere explicitar su preocupación por situaciones que afectan al ejercicio profesional de sus colegiados. En este sentido dejamos constancia de las siguientes situaciones por la que atraviesan nuestros colegiados:
- Aspectos organizacionales y funcionales poco claros, débiles y con variaciones permanentes lo que impacta en la aplicación de las leyes de niñez y adolescencia y en la movilización permanente de profesionales a diferentes áreas o programas. Esto provoca incertidumbre y confusión en la intervención impactando en las respuestas ofrecidas a los/as niños/asas, adolescentes, familias, instituciones.
- Fragmentación y desarticulación que se produce a nivel intra e interinstitucional, y entre los distintos programas y áreas, produciéndose tanto la superposición de acciones por parte de diferentes equipos de profesionales, como el desconocimiento de la población a dónde y quién recurrir ante necesidad de intervención.
- Falta de recursos humanos, lo que provoca sobrecarga en los profesionales que atienden las demandas. Muchos de estos profesionales están en condiciones laborales precarias. Esta situación se ve agravada por la falta de recursos económicos, materiales para desarrollar las intervenciones cotidianas.
- Falta de servicios en todo el interior provincial, pese a los reiterados anuncios públicos por parte del Ministerio de Desarrollo Social, desde el mes de junio de este año, de creación de UDER no concretados al día de la fecha.
- Ausencia de protocolos que orienten y pauten marcos de intervención y procedimientos flexibles de las instituciones y de los equipos técnicos. Se suma la falta de resolución y de medidas de aquellas entidades encargadas de aceitar mecanismos de articulación interinstitucional previstos en la ley.
Las dificultades descriptas en este marco impactan en la no diferenciación de las responsabilidades institucionales y profesionales.
Reiteramos nuestra preocupación, reafirmamos la función indelegable que el Estado tiene para el cumplimiento de la ley 9944 y 26.061 y expresamos nuestra voluntad de trabajar para el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Adhiere: Colectivo Cordobés por los derechos de niños, niñas y jóvenes
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Acuerdo totalmente…es hora de expresar formalmente la preocupación