Comisión de Géneros y Diversidad SexualInformación Institucional

Conservadurismo religioso en las políticas públicas de acceso a la interrupción del embarazo

Decimoséptimo pronunciamiento (mayo de 2023)

Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Servicio Social
Foro Federal de Géneros y Diversidad Sexual

Frente al avance -en los últimos tiempos- de un enfoque de cuño marcadamente conservador y religioso sobre la oferta educativa universitaria y con la clara intencionalidad de quienes sostienen dicho enfoque, de inmiscuirse en la política pública destina a favorecer el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, es que desde el Foro de Géneros y Diversidad Sexual de la FAAPSS nos vemos en la necesidad de pronunciarnos a fin de expresar nuestra enorme preocupación por el aumento de propuestas de formación universitaria como la que ofrece la Universidad Católica de Salta (UCASAL) (1), que no sólo tensiona la ya sancionada Ley de ILE/IVE sino que enmascara situaciones de agresiones sexuales y/o abuso sexual infantil.

En el mismo sentido, se han dado otras acciones como la puesta en funcionamiento de la línea «0800- VIDA», atendida por una red tercerizada de organizaciones en contra del aborto y vinculadas al poder eclesiástico en CABA, iniciativa que se había difundido oficialmente en los hospitales. Destacamos que, debido a los múltiples pedidos de informes, pañuelazos y reclamos de los movimientos sociales y feministas, se logró suspender dicho dispositivo (quedando la línea bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano del gobierno porteño (2).

Recordemos que tanto la sanción de la Ley de IVE (27.610/20) como todo el piso de Derechos adquiridos en materia de géneros y sexualidades (3), fueron conquistas que resultaron de la lucha y persistencia de los movimientos feministas y de disidencias sexuales en nuestro país, y que junto a todo el plexo normativo de los DDHH, conforman el piso de nuestro accionar profesional como trabajadorxs sociales, por lo que no guardaremos silencio ante el avance de estos movimientos que con sus propuestas accionan en detrimento de los Derechos conquistados.

Desde la implementación de la Ley IVE/ILE se han desarrollado múltiples dispositivos estatales de acompañamiento en cada jurisdicción -como las consejerías, por ejemplo- y se cuenta además con la invalorable trayectoria de organizaciones como Socorristas en Red (4) que funcionan desde hace años ya en todo el territorio Argentino.

Como profesionales de Trabajo Social, a los fines de que nuestras intervenciones estén en el marco de las incumbencias de la Ley Federal 27.072/14, debemos hacer también nuestro aporte al sostenimiento de tramas de acompañamiento. Es por ello que ofrecemos algunas recomendaciones:

  • Ante un embarazo no deseado, la maternidad no es la única respuesta. Alentar la construcción de dispositivos de acompañamiento con capacidad de asistir a mujeres y cuerpos gestantes (sea cual fuere su decisión al respecto).
  • Las mujeres no son las únicas identidades que gestan. Existen otros cuerpos con capacidad de gestar (hombres trans, por ejemplo) cuyas realidades no deben quedar invisibilizadas.
  • En los dispositivos de acompañamiento en los que Trabajo Social interviene, no está contemplada la “objeción de conciencia”, ya que ésta es sólo aplicable para “el o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo” (Ley 27.610/20, art. 10), por lo cual todas nuestras intervenciones deben tener lugar y desplegarse, tal como está previsto en el marco normativo.
  • Alertar, interrumpir y denunciar discursos que banalicen tanto la decisión como la práctica misma de la interrupción del embarazo: tanto la toma de decisión de la interrupción como el proceso de salud que le sigue conllevan complejidades que merecen respeto y acompañamiento. Cuando estos discursos los sostengan profesionales de la salud, debiéramos efectuar las presentaciones correspondientes en los Tribunales de ética y Deontológicos colegiados.
  • En nuestro ejercicio profesional, utilizar lenguaje adecuado para referirnos a prácticas abusivas y violencias en sus múltiples formas, ya que los eufemismos contribuyen con el silenciamiento cómplice de estructuras patriarcales de opresión (cuando se habla, por ejemplo, de embarazos “inesperados” o “vulnerables”, en realidad se opera un efecto de encubrimiento de otras realidades, como son las agresiones sexuales, el abuso sexual infantil, el “chineo” como práctica que naturaliza el abuso y las violaciones por cuestiones de raza y de género, entre otras).
  • Identificar, conocer y revisar los dispositivos/recursos disponibles y hacer exigibles los faltantes en cada territorio para la implementación de los acompañamientos previstos por ley (tanto para el acceso a IVE/ILE como para el sostenimiento de los embarazos de quienes así lo decidan).

Sabemos que la intervención profesional en torno a estos procesos requiere de posicionamientos claros y seguros, que además de estar basados en la normativa vigente, configuren una apuesta colectiva por la defensa del Derecho a decidir de todas las personas con capacidad de gestar.

Esto implica, en escenarios desafiantes como los actuales, la construcción de un Trabajo Social que dialogue con otras disciplinas y saberes, sin dejar de disputar el profundo sentido ético y emancipatorio de nuestras apuestas profesionales.


(1) Se trata de la Diplomatura universitaria “Formación para el acompañamiento de la mujer en situación de aborto”. Ver aquí: https://www.ucasal.edu.ar/cursos/diplomatura-acompanamiento-mujer-embarazo-vulnerable.php
(2) Puede verse la noticia aquí: https://www.tiempoar.com.ar/generos/linea-0800-gobierno-porteno/
(3) Ley de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (25.673/02), Ley de Parto humanizado (25.929/04), Ley sobre Régimen para las intervenciones de contracepción quirúrgica (26.130/06), Ley de Creación del Programa Nacional de Educación Sexual Integral (26.150/06), Ley de Protección Integral a las Mujeres (26.485/09), Ley de Matrimonio Civil -llamado Igualitario- (26.616/10), Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado (27.499/10), Ley de Reproducción medicamente asistida (26.862/13), Ley de Lactancia materna (26.873/13), Ley de Identidad de género (26.743/16), Ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (27.610/20), Ley de Atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia (27.611/20), Decreto DNI y Pasaporte No binario (476/21), entre otras.
(4) https://www.instagram.com/socenredarg/

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