{"id":1863,"date":"2012-11-16T02:03:57","date_gmt":"2012-11-16T02:03:57","guid":{"rendered":"http:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/?p=1863"},"modified":"2012-11-23T14:07:24","modified_gmt":"2012-11-23T14:07:24","slug":"procupante-situacion-de-los-ninos-ninas-y-adolescentes-en-la-provincia-de-cordoba","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/?p=1863","title":{"rendered":"Procupante situaci\u00f3n de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes en la provincia de C\u00f3rdoba"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/wp-content\/uploads\/2012\/08\/derechosdelninx.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-1348 alignright\" style=\"margin: 9px;\" title=\"derechosdelninx\" src=\"http:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/wp-content\/uploads\/2012\/08\/derechosdelninx.jpg\" alt=\"\" width=\"250\" height=\"170\" \/><\/a>El Colegio de Profesionales de Servicio Social de la Provincia de C\u00f3rdoba, expresa su preocupaci\u00f3n ante los funcionarios nacionales, provinciales, municipales y la sociedad cordobesa sobre la grave situaci\u00f3n en la que se encuentran gran parte de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes de nuestra provincia , como consecuencia de la insuficiencia y\u00a0 en algunos casos ausencia de pol\u00edticas p\u00fablicas y presupuestos que determinan la falta de\u00a0 decisi\u00f3n pol\u00edtica de asumir y\u00a0 hacer efectiva la real construcci\u00f3n del Sistema de Protecci\u00f3n Integral de Derechos de Ni\u00f1as Ni\u00f1os y Adolescentes\u00a0 establecido en la ley nacional 26.061\u00a0 y\u00a0\u00a0 provincial\u00a0 9944. <!--more--><\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n se evidencia en:<\/p>\n<ul>\n<li>La dificultad para acceder a\u00a0 informaci\u00f3n clara sobre el funcionamiento de Programas, recursos, y responsables en las \u00c1reas de Ni\u00f1ez provinciales para\u00a0 dar respuestas a las m\u00faltiples vulneraciones de derechos de los ni\u00f1os y j\u00f3venes que cotidianamente se plantean.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>La existencia de pol\u00edticas p\u00fablicas fragmentadas que se ejecutan desde organismos que no tienen conexi\u00f3n entre si y est\u00e1n destinadas a abordar situaciones complejas que requieren\u00a0 soluciones integrales.<\/li>\n<li>La ausencia de mecanismos de articulaci\u00f3n entre organismos del poder ejecutivo que genera superposici\u00f3n de recursos tanto materiales como humanos y desgaste y re victimizaci\u00f3n de las familias en los procesos de acceso a los derechos.<\/li>\n<li>La falta de mecanismos de exigibilidad destinados a que\u00a0 las diferentes instituciones que forman parte del Sistema de Protecci\u00f3n de derechos, adecuen sus procedimientos\u00a0 administrativos burocr\u00e1ticos al enfoque de derechos exigido\u00a0\u00a0 por las leyes\u00a0 26.061 y 9944.<\/li>\n<li>La inexistencia -en lo que respecta a los j\u00f3venes en conflicto con la ley\u00a0 penal &#8211; de alternativas serias a la privaci\u00f3n de libertad, y de programas suficientes\u00a0 de atenci\u00f3n y contenci\u00f3n de los j\u00f3venes que permita su\u00a0 inclusi\u00f3n en el medio social, laboral y educativo. Como as\u00ed tambi\u00e9n<strong> <\/strong>la escasez de programas<strong> <\/strong>que brinden acompa\u00f1amiento familiar y\u00a0 atenci\u00f3n de problem\u00e1ticas particulares como las\u00a0 adicciones y las afecciones a la salud mental.<\/li>\n<li>La falta de Procedimientos administrativos y Protocolos de intervenci\u00f3n claros, consensuados y aceptados por los diferentes organismos provinciales y municipales responsables, que deben intervenir ante las situaciones de vulneraci\u00f3n de derechos de NNyA.<\/li>\n<li>La existencia de una pol\u00edtica de desinversi\u00f3n en la Pol\u00edtica Publica dirigida a la\u00a0 Infancia sub-ejecuci\u00f3n de los escasos recursos previstos para este sector de la poblaci\u00f3n,\u00a0 como se grafica en la decisi\u00f3n de transformar la Secretaria de Ni\u00f1ez, Adolescencia y familia de Secretaria de Estado en Secretaria dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, sin presupuesto propio e independiente ( arts. 35 ,115\u00a0 y 116 de\u00a0 ley 9944 )<\/li>\n<\/ul>\n<p>En el contexto de cambios normativos dados por la vigencia de la ley nacional 26061 y la ley provincial\u00a0 9944 se han puesto en cuesti\u00f3n\u00a0 los modelos de intervenci\u00f3n y concepci\u00f3n de tipo tutelar hacia la ni\u00f1ez y adolescencia arraigados y legitimados por las diversas instituciones de la sociedad cordobesa durante el transcurso de m\u00e1s de 90 a\u00f1os. La vigencia de la\u00a0 nueva ley ha generado el imperativo de modificar las pr\u00e1cticas de intervenci\u00f3n en la vida de los ni\u00f1os y\u00a0 adolescentes que posibiliten la restituci\u00f3n de sus derechos vulnerados y la construcci\u00f3n de un\u00a0 verdadero Sistema de Protecci\u00f3n integral de los mismos .<\/p>\n<p>La situaci\u00f3n antes descripta refleja la falta de cumplimiento de las funciones que le son propias a la Secretaria de Ni\u00f1ez, Adolescencia y Familia, como autoridad de aplicaci\u00f3n del Sistema de Protecci\u00f3n ( arts.6, 36 y 37 ley 9944 ) .<strong><em>\u00a0 <\/em><\/strong><\/p>\n<p>Consideramos necesario dejar expresamente manifestado nuestra total adhesi\u00f3n a las leyes nacional N\u00b0 26061 (del a\u00f1o 2005) y provincial N\u00b0 9944 (del a\u00f1o 2011) de promoci\u00f3n y protecci\u00f3n de los derechos de las ni\u00f1as ni\u00f1os y adolescentes. Hacemos la salvedad que en esta ultima ley\u00a0 no adherimos al titulo VII de Procedimiento penal juvenil que mantiene el paradigma tutelar sin las garant\u00edas propias de un sistema de responsabilidad penal juvenil adecuado a la Convenci\u00f3n Internacional de los Derechos del Ni\u00f1o .<\/p>\n<p>A partir de la entrada en vigencia de las leyes mencionadas\u00a0 nos alejamos como sociedad, de las pr\u00e1cticas del patronato de menores sustentado en el paradigma de la situaci\u00f3n irregular, a trav\u00e9s de las cuales durante casi 100 a\u00f1os se judicializaron miles de familias, frente a la ausencia de otra respuesta estatal que por diversas situaciones (mayoritariamente relacionadas con la pobreza) ve\u00edan vulnerados sus\u00a0 derechos.<\/p>\n<p>La inexistencia de\u00a0 respuestas de pol\u00edticas p\u00fablicas destinadas a garantizar el real ejercicio de los derechos de la ni\u00f1ez y adolescencia se dirim\u00edan en los juzgados de menores, siendo las familias de escasos ingresos, limitado capital social y sin defensores profesionales, las principales destinatarias de estas intervenciones. Como corolario de dichas pr\u00e1cticas, miles de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes terminaban y aun contin\u00faan (aunque en menor cantidad) recluidos en instituciones de la provincia o privadas por tiempo indeterminado, sin que en esos \u00e1mbitos se les garantizara el ejercicio de sus derechos, siendo muchas veces objeto de mayores vulneraciones, retornando a las comunidades en la mayor\u00eda de edad legal, sin acompa\u00f1amiento profesional ni la previsi\u00f3n de mecanismos de inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Las actuales leyes establecen que los N,NyA son sujetos de derechos, y obligan al Estado a\u00a0 garantizar su real ejercicio por medio de pol\u00edticas p\u00fablicas<a title=\"\" href=\"#_edn1\">[i]<\/a> que promuevan y protejan sus derechos de manera coordinada entre los Ministerios y Secretar\u00edas de Estado, ( artcs. 4,5,6,7,8,11,36,37,39, de ley 9944 )\u00a0 y las mismas comprender\u00e1n, seg\u00fan art 7 de la ley provincial :<\/p>\n<p>a) El fortalecimiento de la familia,<\/p>\n<p>b) La gesti\u00f3n asociada entre los distintos organismos de gobierno -nacional, provincial, municipal o comunal- y la sociedad civil,<\/p>\n<p>c) El trabajo en redes locales articulando espacios p\u00fablicos y privados,<\/p>\n<p>d) La coordinaci\u00f3n con municipios y comunas para proceder a la creaci\u00f3n de organismos locales de promoci\u00f3n, prevenci\u00f3n, protecci\u00f3n y cumplimiento de los derechos de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes<\/p>\n<p>e) La participaci\u00f3n activa de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n<p>Dejan plenamente establecido que es <strong>responsabilidad indelegable del Estado<\/strong> establecer, controlar y garantizar el cumplimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas y la asignaci\u00f3n privilegiada de recursos para ello ( arts. 5,7, 8,9 y 115 de ley provincial )<\/p>\n<p>Las insuficientes pol\u00edticas p\u00fablicas integrales que pongan en pleno\u00a0 funcionamiento el Sistema de Protecci\u00f3n Integral de los derechos de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes hacen que los \/as ciudadanos\/as ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes padezcan innumerables situaciones de\u00a0 vulneraci\u00f3n de derechos. Desde el Colegio de Profesionales en Servicio Social de la provincia de C\u00f3rdoba, se realiz\u00f3 un sondeo de 138 casos, vinculados al acceso a derechos, planteados en diferentes instituciones p\u00fablicas de la provincia con el objetivo de contribuir al debate en relaci\u00f3n al estado de cumplimiento del los derechos de los NNyA, encontr\u00e1ndonos con la siguiente realidad:<\/p>\n<ol>\n<li>En relaci\u00f3n a las Pol\u00edticas P\u00fablicas que deben garantizar el ejercicio de los derechos y la existencia de los recursos y servicios para ello, encontramos que los problemas que surgen expresan claramente la ausencia de pol\u00edticas p\u00fablicas de acceso igualitario en \u00e1reas como educaci\u00f3n, vivienda, salud. Una importante parte de los casos relevados est\u00e1n atravesando por una situaci\u00f3n de\u00a0 grave vulneraci\u00f3n al\u00a0 derecho a la educaci\u00f3n ( art.18 ley provincial)\u00a0 ; tampoco\u00a0 est\u00e1n siendo garantizados los derechos a la salud ( art.17 ) y existen graves problemas relacionados al h\u00e1bitat. As\u00ed mismo, y de\u00a0 acuerdo a entrevistas realizadas\u00a0 a informantes claves, se visualiza la \u00a0escasez de servicios de atenci\u00f3n a los ni\u00f1os, descentralizados, gratuitos y en cantidad suficiente; principalmente en las \u00e1reas de fortalecimiento familiar, equipos interdisciplinarios incompletos en salud y educaci\u00f3n que impiden el acceso a medidas de promoci\u00f3n de derechos y prevenci\u00f3n de su vulneraci\u00f3n\u00a0\u00a0 en el territorio ( art.41 ley provincial) como programas de de deportes y recreaci\u00f3n, espacios de participaci\u00f3n de N,NyA, de cultura, de acompa\u00f1amiento especializado a familias que lo requieran, pol\u00edticas de educaci\u00f3n especial integrales.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>En el segundo nivel, ( art. 42 ley provincial)\u00a0 en el que se deben restablecer los derechos que han sido vulnerados, nos encontramos en este estudio,\u00a0 con falta de definiciones en relaci\u00f3n a Organigramas y procedimientos claros por parte del \u00d3rgano de aplicaci\u00f3n de la ley (la SeNAF) y\u00a0 la desarticulaci\u00f3n interministerial lo que provoca serios obst\u00e1culos a la hora de garantizar la aplicaci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas desde el Sistema de Protecci\u00f3n integral que prev\u00e9 la ley nacional y provincial. Adem\u00e1s se verifica una falta total de conexi\u00f3n en las acciones de los equipos t\u00e9cnicos de diferentes jurisdicciones y \u00e1reas y la escasez de equipos descentralizados que recepten denuncias, realicen intervenciones y acompa\u00f1amientos adecuados.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>En relaci\u00f3n al tercer nivel, de aplicaci\u00f3n de medidas excepcionales, que implica por tiempo determinado y como medida de ultima instancia,\u00a0 la separaci\u00f3n del ni\u00f1o o ni\u00f1a de su familia biol\u00f3gica, seg\u00fan los criterios establecidos legalmente en los artc. 48 y 49 de la ley provincial,\u00a0\u00a0 se presentan situaciones de revictimizaci\u00f3n de los Ni\u00f1os, Ni\u00f1as y Adolescentes y riesgo de mala praxis para los profesionales involucrados. Esto es as\u00ed, ya que al no existir uniformidad en la interpretaci\u00f3n de estas normas y lineamientos claros, tanto\u00a0 por parte de los responsables de aplicarlas, ( Senaf) como por parte de los \u00f3rganos judiciales de control de esa aplicaci\u00f3n\u00a0 (Juzgados de Ni\u00f1ez, Adolescencia y Violencia Familiar), cada profesional queda librado a sus propias decisiones. A este contexto se le suma la existencia de\u00a0 profesionales que adem\u00e1s de ser insuficientes en n\u00famero, no han sido debidamente capacitados por el Estado.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En todos los niveles de aplicaci\u00f3n del Sistema de protecci\u00f3n nos encontramos con m\u00faltiples situaciones no resueltas o con tardanza para dar respuestas a problem\u00e1ticas ligadas a salud, la salud metal, las adicciones, la educaci\u00f3n, la identidad, el h\u00e1bitat, situaciones de abandono, discapacidad, maltrato y violencia familiar. Se destaca que, cuando se recurren a acciones de articulaci\u00f3n y\/o derivaci\u00f3n en la intervenci\u00f3n, las respuestas muchas veces no llegan o llegan muy tarde lo que provoca una profundizaci\u00f3n en la vulneraci\u00f3n de los derechos de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes. Se pueden constatar asimismo, situaciones en la que ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes teniendo intervenci\u00f3n de SENAF las respuestas siguen siendo igualmente dificultosos, infiri\u00e9ndose la desprotecci\u00f3n de los derechos a\u00fan con la intervenci\u00f3n del organismo protector (SENAF).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfC\u00f3mo impacta en los profesionales de Trabajo Social\u00a0 este contexto cr\u00edtico?<\/strong><\/p>\n<p>El Colegio de Profesionales en Servicio Social de la provincia de C\u00f3rdoba quiere explicitar su preocupaci\u00f3n por situaciones que afectan al ejercicio profesional de sus colegiados. En este sentido dejamos constancia de las siguientes situaciones por la que atraviesan nuestros colegiados:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Aspectos organizacionales y funcionales poco claros, d\u00e9biles y con variaciones permanentes lo que impacta en la aplicaci\u00f3n de las leyes de ni\u00f1ez y adolescencia y en la movilizaci\u00f3n permanente de profesionales a diferentes \u00e1reas o programas. Esto provoca incertidumbre y confusi\u00f3n en la intervenci\u00f3n impactando en las respuestas ofrecidas a los\/as ni\u00f1os\/asas, adolescentes, familias, instituciones.<\/li>\n<li>Fragmentaci\u00f3n y desarticulaci\u00f3n que se produce a nivel intra e interinstitucional, y entre los distintos programas y \u00e1reas, produci\u00e9ndose tanto la superposici\u00f3n de acciones por parte de diferentes equipos de profesionales, como el desconocimiento de la poblaci\u00f3n a d\u00f3nde y qui\u00e9n recurrir ante necesidad de intervenci\u00f3n.<\/li>\n<li>Falta de recursos humanos, lo que provoca sobrecarga en los profesionales que atienden las demandas. Muchos de estos profesionales est\u00e1n en condiciones laborales precarias. Esta situaci\u00f3n se ve agravada por la falta de recursos econ\u00f3micos, materiales para desarrollar las intervenciones cotidianas.<\/li>\n<li>Falta de servicios en todo el interior provincial,\u00a0 pese a los reiterados anuncios p\u00fablicos por parte del Ministerio de Desarrollo Social, desde el mes de junio de este a\u00f1o, de creaci\u00f3n de UDER no concretados al d\u00eda de la fecha.<\/li>\n<li>Ausencia de protocolos que orienten y pauten marcos de intervenci\u00f3n y procedimientos flexibles de las instituciones y de los equipos t\u00e9cnicos. Se suma la falta de resoluci\u00f3n y de medidas de aquellas entidades encargadas de aceitar mecanismos de articulaci\u00f3n interinstitucional previstos en la ley.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las dificultades descriptas en este marco impactan en la no diferenciaci\u00f3n de las responsabilidades institucionales y profesionales.<\/p>\n<p>Reiteramos nuestra preocupaci\u00f3n, reafirmamos la funci\u00f3n indelegable que el Estado tiene para el cumplimiento de la ley 9944 y 26.061 y expresamos nuestra voluntad de trabajar para el cumplimiento de los derechos de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><strong>Adhiere: Colectivo Cordob\u00e9s por los derechos de ni\u00f1os, ni\u00f1as y j\u00f3venes<\/strong><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Colegio de Profesionales de Servicio Social de la Provincia de C\u00f3rdoba, expresa su preocupaci\u00f3n ante los funcionarios nacionales, provinciales,<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1348,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[44,14,39],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1863"}],"collection":[{"href":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1863"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1863\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1866,"href":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1863\/revisions\/1866"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/1348"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1863"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1863"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/cpsscba.org\/confluenciasvirtual\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1863"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}